. . .VISTO

El Expediente N º 228-D-2008 iniciado por nota de vecinos del Barrio “San Marcos”; y

 

. . .CONSIDERANDO

 

QUE por la misma solicitan se fumigue en el sector debido a la proliferación de roedores, moscas y mosquitos;

QUE la Dirección de Bromatología informa a fojas 4 que la Municipalidad de Salto, conjuntamente con las empresas de Control de Plagas inscriptas en el Registro Municipal, solo toman intervención en caso de epidemia, en el marco de la Ordenanza Nº 134/2005;

QUE la fumigación solicitada  debe realizarla cada uno de los vecinos en forma privada;

 

. . .POR ELLO

El Honorable Concejo Deliberante de Salto, en uso de las atribuciones que le son propias sanciona el siguiente:

 

D E C R E T O

 

ARTICULO 1º – Destínase al ARCHIVO el Expediente Nº 228-D-2008, por el cual vecinos del Barrio “San Marcos” solicitaban fumigación en el sector, dado que deben realizarse las tareas de manera privada, de acuerdo a lo normado por la Ordenanza Nº 134/2005.-

 

ARTICULO 2º – Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos; insértese copia en el Registro Oficial y Digesto, cumplido, archívese.-

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo deliberante de Salto, a los ocho días del mes de Octubre del año dos mil nueve.-

 

 

 

 

 

ENTRADAS

Ingresado como Correspondencia en Sesión Ordinaria de fecha 08 de Octubre de 2008 y girado a las Comisiones de Legislación, Interpretación y Acuerdos y Salud, Higiene y Asistencia Social.-

 

SALIDAS

El Proyecto de las Comisiones fue aprobado en general y en particular por la unanimidad del Honorable Cuerpo en Sesión Ordinaria de fecha 08 de Octubre de 2009.-

Se envió copia de estilo al Departamento Ejecutivo con fecha 13 de Octubre de 2009.-

 


Expediente 228-D-2008
Ordenanza 043/2009