. . .VISTO

El Expediente Nº 061-E-2019 iniciado por Mensaje Nº 051/19 del Departamento Ejecutivo; y

 

. . .CONSIDERANDO

QUE por el mismo y por sugerencia de la Sra. Mariana Noelia Mancinello, se solicita la imposición de nombres a distintas arterias de nuestro Partido que carecen de nombre;

QUE  son conocidos los problemas que genera una arteria sin identificación cuando los vecinos frentistas deben fijas domicilio para la realización de trámites de cualquier naturaleza;

QUE se torna necesario y urgente acceder a la nominación de algunas de ellas, teniendo en cuenta un nuevo barrio que crece día a día, para que los vecinos del mencionado lugar  puedan asentar un domicilio real;

QUE este Cuerpo no ve inconveniente alguno en nominar a las arterias con los nombres sugeridos;

QUE en este sentido se trata de nombres de la “Lengua Pampa”, “la cual deriva de la Araucana o Chilena, universo lingüístico, cultural y religioso de la cultura indígena”,  tal lo expresa el informe elevado por la Directora de Planeamiento Urbano Municipal;

QUE se trata de tener presente una lengua ancestral  y vindicar – además – a nuestros pueblos originarios;

QUE este Cuerpo Deliberativo de manera unánime ve con buenos ojos materializar el presente proyecto;

 

. . .POR ELLO

El Honorable Concejo Deliberante de Salto, en uso de las atribuciones que le son propias sanciona el siguiente:

 

 D E C R E T O

 

ARTICULO 1º – IMPONESE el nombre de “CO” (AGUA) a la arteria que corre entre las CHACRAS 8, 18 y 19, entre las calles “CATAMARCA” y  Avda. “VIRGINIA GEMME”, de la Ciudad de Salto.-

 

ARTICULO 2º – IMPONESE el nombre de “ANTU” (SOL) a la arteria que corre entre las CHACRAS 8 y las MANZANAS 8 A y 8 B, entre las calles “CO” y Avda. “VIRGINIA GEMME”, de la Ciudad de Salto.-

 

ARTICULO 3º – IMPONESE el nombre de “CUYEN” (LUNA) a la arteria que corre entre las PARCELA 385 d, y MANZANA 8 B, entre las calles “MAPU” y “ANTU”,  de la Ciudad de Salto.-

 

ARTICULO 4º – IMPONESE el nombre de “MAPU” (TIERRA) a la arteria que corre entre las PARCELAS 385 ah y las MANZANA 8 a y  MANZANA 8 b , entre las calles “CUYEN” y “CRÚV”,  de la Ciudad de Salto.-

 

ARTICULO 5º – IMPONESE el nombre de “MALGHEN” (MUJER) a la arteria que corre que corre entre la MANZANA 8 a y MANZANA 8 b, entre las calles “MAPU”  y “ANTU”, de la Ciudad de Salto.-

 

 

 

 

ARTICULO 6º – IMPONESE el nombre de “CRÚV” (VIENTO ) a la arteria que corre que corre entre la PARCELA 1 de la chacra 7,  PARCELA 385 p, PARCELA 385 n, PARCELA 385 m, PARCELA 385 ae y CHACRA 8, MANZANA 8 a, desde la Avda. Virginia Gemme hasta la calle “MAPU”, de la Ciudad de Salto.-

 

ARTICULO 7º – Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos; insértese copia en el registro Oficial y Digesto, cumplido, archívese.-

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Salto, a los veintisiete días del mes de Noviembre del año dos mil diecinueve.-

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

ENTRADAS

 

Ingresado en Sesión Ordinaria de fecha 10 de Abril de 2019 y girado a las Comisiones de Legislación, Interpretación y Acuerdos, Asuntos Rurales y Obras Públicas y Cultura y Turismo.-

 

SALIDAS

 

El Proyecto de las Comisiones fue aprobado en general y en particular en Sesión ordinaria de fecha 27 de Noviembre de 2019.-

Se envió copia al Departamento Ejecutivo con fecha 03 de Diciembre de 2019.-