. . .VISTO

El Expediente Nº  030-E-2016 iniciado por Mensaje Nº 030/16 del Departamento Ejecutivo; y

 

. . .CONSIDERANDO

QUE por el mismo el agente municipal Mario Gustavo Barry solicita el reconocimiento de la deuda que el Municipio mantiene con el cuando originariamente había sido contratado en calidad de Temporario;

QUE al respecto se han expedido favorablemente las áreas contables del Municipio;

QUE a fs. subsiguientes se hallan adjuntadas las constancias que avalan la solicitud efectuada por el mencionado agente municipal;

QUE el Departamento Ejecutivo ha reconocido la antigüedad del agente en cuestión; debiendo el Honorable Concejo Deliberante autorizar a registrar la deuda  y posterior pago de horas extras y sueldo anual complementario sumado a lo devengado en concepto de antigüedad, conforme lo normado por el artículo 140º y 141º del Reglamento de Contabilidad;

QUE se hayan cumplimentados los requisitos legales exigidos por la normativa legal  vigente;

 

. . .POR ELLO

El Honorable Concejo Deliberante de Salto, en uso de las atribuciones que le son propias sanciona la siguiente:

 

O R D E N A N Z A

 

ARTICULO 1º: AUTORIZASE al Departamento Ejecutivo a registrar la deuda de PESOS SIETE MIL CINCUENTA CON OCHENTA CENTAVOS ($ 7.050,80)  y realizar el pago de lo devengado en concepto de horas extras, sueldo anual complementario y antigüedad del agente municipal BARRY, Mario Gustavo, D.N.I.: 18.310.288, por haber prestado servicios revistiendo en la categoría de personal temporario durante el período ininterrumpido que va del 23 de Agosto de 1994 hasta el 31 de Diciembre de 1994 y el TRES POR CIENTO (3 %) correspondiente a la antigüedad en el período que va desde el 1º de Enero de 1995 hasta el 31 de Diciembre de 1995, inclusive conforme el siguiente detalle:

 

AJUSTE ANTIGUEDAD                          $5.473,98

AJUSTE S.A.C.                                         $   496,45

HORAS EXTRAS                                      $     77,34

APORTES PATRONALES                      $1.003,03

TOTAL:                                                      $ 7.050,80

 

ARTICULO 2º: La erogación mencionada en el Artículo 1º deberá ser imputada a la Jurisdicción 1110199000 “Servicio de la Deuda”; Empréstito 9999 – Deuda Flotante; Programa 94 “Amortización de la Deuda Flotante”; Inciso 7 – Servicio de la Deuda y disminución de otros pasivos; Partida Principal 6 – Disminución de Cuentas y Documentos a pagar; Partida Parcial 1; Disminución de Cuentas a pagar comerciales a corto plazo; Partida Subparcial: 0; Fuente de Financiamiento 110 “Tesoro Municipal” del Presupuesto en vigencia.-

 

ARTICULO 3º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a compensar los excesos producidos en partidas de los Presupuestos de Gastos de los años 1994 y 1995, aplicando para ello las economías realizadas sobre los mismos presupuestos, conforme a la autorización emanada del artículo 1º de la presente Ordenanza.-

 

ARTICULO 4º – Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos; insértese copia en el Registro Oficial y Digesto, cumplido, archívese.-

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Salto, a los diecisiete días del mes de Marzo del año dos mil dieciséis.-

 

 

 

 

 

 

 

ENTRADAS

 

Ingresado en Sesión Extraordinaria de fecha 02 de Marzo de 2016 y girado a las Comisiones de Legislación, Interpretación y Acuerdos y Hacienda, Presupuesto y Cuentas.-

 

SALIDAS

 

El Proyecto fue aprobado en general y en particular por la unanimidad del Honorable Cuerpo en Sesión Extraordinaria de fecha 17 de Marzo de 2016.-

Se envió copia al Departamento Ejecutivo con fecha 18 de Marzo de 2016.-

 

 

 


Expediente 030-E-2016
Ordenanza 014/2016