. . .VISTO

                        El Expediente Nº 020-E-2020 iniciado por Mensaje Nº 004/20 del Departamento Ejecutivo, adjuntando nota de la Presidente del Rotary Club Salto, Sr. María Belén Manning; y

 

. . .CONSIDERANDO

                        QUE por la misma  solicita se exima del 5% correspondiente al Fondo Benéfico de Rifas de la rifa que posee en circulación esa institución, aprobada mediante Decreto del Departamento Ejecutivo Nº 0126/2020;

                        QUE se trata de una institución sin fines de lucro donde lo recaudado se vuelca en becas solidarias para alumnos de nivel secundario, ampliación del Banco ortopédico que posee la entidad y colaborar con otras instituciones que trabajan para la comunidad;

                        QUE es potestad de este Cuerpo Deliberativo otorgar eximiciones;

 

. . .POR ELLO

                        El Honorable Concejo Deliberante de Salto, en uso de las atribuciones que le son propias sanciona la siguiente:

 

D E C R E T O

 

ARTICULO 1º – EXIMESE al ROTARY CLUB SALTO del depósito equivalente al 5% del monto total de la rifa de la institución autorizada por Decreto Nº 0126/2020, correspondiente al Fondo Benéfico de Rifas, de acuerdo a lo estipulado en el Artículo 3º de la Ordenanza Nº 014/96, Artículos 9º y 10º del Decreto-Ley Nº 9403/79 y su modificatoria Ley Nº 11.349.

 

ARTICULO 2º – Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos; insértese copia en el Registro Oficial y Digesto; cumplido, archívese.-

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Salto a los trece días del mes de Febrero del año dos mil veinte.-

 

 

 

 

 

 

 

 

ENTRADAS

Ingresado en Sesión Extraordinaria de fecha 04 de Febrero de 2020 y girado a la Comisión de Legislación, Interpretación y Acuerdos.-

 

SALIDAS

El Proyecto de la Comisión fue aprobado en general y en particular por la unanimidad del Honorable Cuerpo en Sesión Extraordinaria de fecha 13 de Febrero de 2020.-

Se envió copia al D.E. con fecha 17 de Febrero de 2020.-