. . .VISTO

El Expediente Nº 364-E-2018 reingresado por Mensaje Nº 222/19 del Departamento Ejecutivo; y

 

. . .CONSIDERANDO

QUE por el mismo la Secretaría de Hacienda solicita se subsane el error detectado en el Artículo 2º de la Ordenanza Nº 089/2019, por el que se autorizó al Departamento Ejecutivo, previa adhesión del Municipio al Régimen de la Ley Nº 10.740, a suscribir un Convenio de Adhesión con la Cooperativa Ltda. De Consumo de Electricidad del Salto, al régimen de la mencionada norma legislativa, para la percepción por parte de esta, de la Tasa por Alumbrado Público;

QUE si bien por Ordenanza Nº  212/2010, se llevo adelante un Convenio de las mismas características con la Cooperativa Ltda. De Consumo de Electricidad de Gahan, el error se manifiesta en que se omiten las restantes Cooperativas Eléctricas del Partido de Salto;

QUE para un ordenamiento legal se debe derogar la Ordenanza Nº 212/2010 e incluirla junto a las restantes faltantes, en la modificación al Artículo 2º de la Ordenanza Nº 089/2019, solicitada por la Secretaría de Hacienda Municipal;

 

. . .POR ELLO

El Honorable Concejo Deliberante de Salto, en uso de las atribuciones que le son propias sanciona la siguiente:

 

O R D E N A N Z A

 

ARTICULO 1º – DEROGASE la Ordenanza Nº 212/2010.-

 

ARTICULO 2º – MODIFICASE el Artículo 2º de la Ordenanza Nº 089/2019, el que quedará redactado de la siguiente manera:

 

“ARTICULO 2º – FACULTASE al Departamento Ejecutivo a suscribir con la COOPERATIVA LTDA. DE CONSUMO DE ELECTRICIDAD DEL SALTO, COOPERATIVA LTDA. DE CONSUMO DE ELECTRICIDAD DE GAHAN, COOPERATIVA ELECTRICA DE INES INDART LTDA. Y COOPERATIVA DE SERVICIOS PUBLICOS DE ARROYO DULCE LTDA., Convenio de adhesión al régimen que establece la Ley Nº 10.740, para la percepción por parte de estas, de la Tasa por Alumbrado Público, a través de los recibos de consumo de energía y de conformidad a lo dispuesto por Ley Nº 11.769 y las Ordenanzas Fiscal e Impositiva vigentes”.-

 

ARTICULO 3º – Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos; insértese copia en el Registro Oficial y Digesto, cumplido, archívese.-

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Salto, a los diez días del mes de Junio del año dos mil veinte.-

 

 

 

ENTRADAS

 

Ingresado en Sesión Ordinaria de fecha 28 de Noviembre de 2018 y girado a las Comisiones de Legislación, Interpretación y Acuerdos y Hacienda, Presupuesto y Cuentas.-

 

SALIDAS

 

El Proyecto fue aprobado en general y en particular por la unanimidad del Honorable Cuerpo en Sesión Ordinaria de fecha 10 de Junio de 2020.-

Se envió copia al Departamento Ejecutivo con fecha 16 de Junio de 2020.-