. . .VISTO

                        El Expediente Nº 097-E-2021 iniciado por Mensaje Nº 072/2021 del Departamento Ejecutivo; y

 

. . .CONSIDERANDO

QUE por el mismo se pone a consideración de este Cuerpo, un proyecto de Convenio a suscribir entre el Instituto de la Vivienda de la Provincia de Buenos Aires y este Municipio por el cual el organismo provincial asiste financieramente a la Comuna para la construcción de CUARENTA (40) Viviendas Sociales;

QUE el mismo conllevará a paliar el déficit habitacional y la demanda con que cuenta la Ciudad;

QUE las acciones administrativas a las que se compromete el Municipio pueden ser íntegramente cumplidas a través de las reparticiones municipales, que ya cuentan con la información a que se compromete, a través del proyecto de Convenio;

 

. . .POR ELLO

                       El Honorable Concejo Deliberante de Salto, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

O R D E N A N Z A

 

ARTICULO 1º – FACULTASE al Departamento Ejecutivo a suscribir Convenio con el INSTITUTO DE LA VIVIENDA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, obrante a fojas 2 a 4 del Expediente Nº 4099-36.670/21 o Nº 097-E-2021, por el cual el Organismo Provincial asistirá financieramente a la Municipalidad de Salto, para la construcción de CUARENTA (40) Viviendas Sociales, en el marco del POROGRAMA BONAERENSE II.-

 

ARTICULO 2º – Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos; insértese copia en el Registro Oficial y Digesto, cumplido, archívese.-

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Salto a los nueve días del mes de Junio del año dos mil veintiuno.-

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

ENTRADAS

Ingresado en Sesión Ordinaria de fecha 09 de Junio de 2021. Fue solicitado y aprobado su tratamiento Sobre Tablas.-

 

SALIDAS

El Proyecto fue aprobado por la unanimidad del Honorable Cuerpo en general y en particular.-

Se envió copia al Departamento Ejecutivo con fecha 10 de Junio de 2021.-