. ..VISTO

El Expediente Nº 062-E-2022 iniciado por Mensaje Nº 045/2022 del Departamento Ejecutivo; y

 

. . .CONSIDERANDO

QUE por el mismo se solicita la aprobación del Convenio de Consorcio Urbanístico entre la Municipalidad de Salto y empleados de la empresa “Arcor/Bagley”, denominado “Barrio La Paz ”;

QUE el mismo tiene por objeto concretar la ejecución de un Proyecto de Urbanización, a emplazarse en el inmueble designado catastralmente como CIRCUNSCRIPCION V, PARCELA 386  de nuestra Ciudad;

QUE el mismo se lleva a cabo en el marco de la adhesión al Régimen de la Ley Nº 14.449, que establece en su Artículo 18 “Promoción de procesos de organización colectiva. La autoridad de aplicación y los Municipios deben impulsar (…) proyectos e iniciativas habitacionales y de urbanización que promuevan procesos de organización colectiva de esfuerzo propio, ayuda mutua y autogestión del hábitat a través de cooperativas, mutuales o asociaciones civiles sin fines de lucro debidamente constituidas…”

QUE la mencionada norma legislativa expresa en sus  Artículos Nº 55 y Nº 56 que “a los fines de esta Ley se denomina consorcio urbanístico a la forma de ejecución de proyectos de urbanización o edificación, conjuntamente entre organismos gubernamentales y actores privados. Sean estos personas físicas o jurídicas, aportando cualquiera de ellos, inmuebles de su propiedad y el otro las obras de urbanización o de edificación, y que luego de la realización de las mismas cada parte recibe como compensación por su inversión, unidades inmobiliarias debidamente urbanizadas y/o edificadas”;

QUE la Dirección de Asuntos Legales de la Municipalidad, en su Dictamen Nº 635/22, manifiesta que correspondería elevar las actuaciones al Concejo para la prosecución de las tramitaciones, en el marco de lo dispuesto por los Artículos Nº 24 y Nº 41 de la Ley Orgánica de las Municipalidades;

 

. . .POR ELLO

El Honorable Concejo Deliberante de Salto, en uso de las atribuciones que le son propias sanciona la siguiente:

 

O R D E N A N Z A

 

ARTICULO 1º – APRUEBASE en todos sus términos el Convenio de CONSORCIO URBANISTICO obrante a fojas 60 a 63 del Expediente Nº 4099-36.761/21 o Nº 062-E-2022, suscripto entre la MUNICIPALIDAD DE SALTO y el Consorcio Urbanístico “BARRIO LA PAZ”.-

 

ARTICULO 2º – Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos; insértese copia en el Registro Oficial y Digesto, cumplido, archívese.-

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Salto, a los veintitrés días del mes de Marzo del año dos mil veintidós.-

 

 

 

 

 

 

ENTRADAS

Ingresado en Sesión Ordinaria de fecha 23 de Marzo de 2022. Fue solicitado y aprobado su tratamiento Sobre Tablas.-

SALIDAS

El Proyecto fue aprobado en general y en particular por la MAYORIA del Honorable Cuerpo,  por NUEVE (9) VOTOS por la afirmativa (Sres. Concejales Héctor Damián Di Marco, Inés Bailo, Alicia Chulia, Carolina Rodríguez, Valeria Alessandro, Esteban Giménez, Diego Buljubasich, Raúl Palazzesi y Mario Julián Ainora) y SIETE VOTOS por la negativa (Sres. Concejales Raúl Lopez Rondó, Santiago Esperanza, Fernando Blazevich, Viviana del Valle Monla, Claudia Vidal, Esteban Acevedo y Virginia Bolasell)   en Sesión Ordinaria de fecha 23 de Marzo de 2022.-

Se envió copia al Departamento Ejecutivo con fecha 28 de Marzo de 2022.-