. . .VISTO

El Expediente Nº 108-E-2009 iniciado por Mensaje Nº 093/09 del Departamento Ejecutivo; y

 

. . .CONSIDERANDO

QUE el Comité de Municipal de Crisis – Emergencia Sanitaria ha recibido Comunicación Oficial emanada del Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires por el cual recomienda el cierre y cese de actividades de establecimientos de concurrencia masiva;;

QUE con el objeto de reforzar la red de vigilancia epidemiológica en todo el sistema de salud público o privado en el ámbito del Partido de Salto y sin perjuicio de haberse tomado las correspondientes medidas, deviene la necesidad de ordenar medidas preventivas que coadyuven a mitigar la situación de emergencia sufrida;

QUE se solicita la aprobación del Decreto Municipal Nº 700/09 librado por el Departamento Ejecutivo “ad-referéndum” del Honorable Concejo deliberante;

 

. . .POR ELLO

El Honorable Concejo Deliberante de Salto, en uso de las atribuciones que le son propias sanciona la siguiente:

 

O R D E N A N Z A

 

ARTICULO 1º – Apruébese en todos sus términos el Decreto Municipal Nº 700/09 librado por el Departamento Ejecutivo “ad-referéndum” del Honorable Concejo Deliberante.-

 

ARTICULO 2º – Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos; insértese copia en el registro Oficial y Digesto; cumplido, archívese.-

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Salto a los ocho días del mes de julio de dos mil nueve.-

 

 

 

 

 

 

 

 

 

ENTRADA: En la Sesión Ordinaria de fecha 8 de Julio de 2009.- Solicitado su tratamiento sobre tablas y aprobado el mismo por la unanimidad del Cuerpo Legislativo.-

 

SALIDA: En la Sesión Ordinaria de fecha 8 de julio de 2009.- El Proyecto fue aprobado en general y en particular por la unanimidad del Cuerpo Legislativo.-


Expediente 108-E-2009
Ordenanza 080/2009