. . .VISTO

La Ordenanza Nº 149/99 y el Decreto del Honorable Concejo Deliberante de Salto Nº 008/99;  y

 

. . .CONSIDERANDO

QUE con fecha 17 de Febrero de 1999 el Honorable Concejo Deliberante de Salto emitió el Decreto Nº 008 de dicho año, declarando de Interés Municipal el concurso “Una Bandera para Salto”;

QUE dicho certamen contó en su fase organizativa con la activa participación de la Inspección de Educación Primaria, Consejo Escolar de Salto, Museo Rincón de Historia, Departamentos Deliberativo y Ejecutivo del Municipio, artistas plásticos y diseñadores gráficos locales;

QUE tanto para la producción y elaboración de los proyectos de banderas, como de la votación democrática que terminaría eligiendo la enseña local participaron niños y niñas residentes en el Partido de Salto, que a la fecha del certamen se encontraban cursando hasta el sexto año de la entonces Educación General Básica;

QUE de un total de 250 trabajos presentados, el jurado conformado efectuó una preselección de 20, luego de llevar a cabo un proceso de evaluación de las presentaciones de los jóvenes estudiantes;

QUE posteriormente fueron seleccionadas 4 banderas como finalistas y se estableció la fecha del 7 de octubre de aquel año para la celebración de los comicios de forma simultánea en 24 establecimientos educativos públicos y privados de todo el Distrito;

QUE ese mismo 7 de octubre, 2996 niñas y niños que por entonces habitaban nuestro partido tuvieron una experiencia muy importante en su formación ciudadana;

QUE con fecha 7 de diciembre, también de 1999, el HCD saltense sancionó la Ordenanza Nº 149/99, que adoptó oficialmente como Bandera del Partido de Salto, a la propuesta vencedora del certamen;

QUE desde la promulgación de la norma legislativa mencionada, la Bandera de Salto ocupa un sitial privilegiado en plazas públicas, edificios escolares y otros sitios de relevancia;

QUE en el pasado año 2019 se cumplieron 20 años de la iniciativa que originó que Salto tuviera su bandera;

QUE la declaración del día 7 de octubre como “Día de la Bandera del Partido de Salto” resultaría un justo y merecido homenaje tanto para quienes hicieron posible la realización del certamen, como para los niños y niñas que fueron sus legítimos protagonistas;

Que fortalecer la identidad saltense a través de sus símbolos y su historia es una tarea que debe realizarse de forma constante por parte de los organismos públicos que tienen asiento en el Distrito;

 

… POR ELLO

El Honorable Concejo Deliberante de Salto en uso de las atribuciones que le son propias sanciona la siguiente:

 

O R D E N A N Z A

 

ARTICULO 1º – Establecer en el ámbito municipal, la fecha del 7 de octubre de cada año, como el “Día de la Bandera del Partido de Salto”.

 

ARTICULO 2º – El Departamento Ejecutivo, a través de las áreas pertinentes, realizará acciones y propuestas de difusión de los símbolos que otorgan identidad a nuestra historia como pueblo y las fechas que los exaltan.

 

ARTICULO 3º – Remítase copia de la presente Ordenanza a Jefatura Distrital Salto para que, por su intermedio, la presente norma sea socializada en la totalidad de las Instituciones Educativas que funcionan en el ámbito de su jurisdicción.

 

ARTICULO 4º – Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos; insértese copia en el Registro Oficial y Digesto; cumplido, archívese.-

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Salto, a los nueve días del mes de Septiembre del año dos mil veinte.-

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

ENTRADAS

 

Ingresado como Correspondencia en Sesión Ordinaria de fecha 12 de Agosto de 2020 y girado a las Comisiones de Legislación, Interpretación y Acuerdos y Cultura y Turismo.-

 

SALIDAS

 

El Proyecto fue aprobado por la unanimidad del Honorable Cuerpo en general y en particular, en Sesión Ordinaria de fecha 09 de Septiembre de 2020.-

Se envió copia al Departamento Ejecutivo con fecha 11 de Septiembre de 2020.-