. . .VISTO

El Expediente Nº 095-D-2017 iniciado por nota de los Emprendedores de la Economía Social de Salto; y

 

. . .CONSIDERANDO

QUE por la misma solicitan la modificación de la Ordenanza que reglamenta su actividad, proponiendo ampliar a dos domingos mensuales la realización de la Feria;

QUE el principal argumento que exponen para respaldar el pedido es que la mayoría de las familias “Emprendedoras” utilizan las Ferias como sostén de su grupo familiar;

QUE este Cuerpo reconoce que los participantes de estas Ferias son solo emprendedores, productores, artesanos y manualistas, quedando fuera de este circuito las personas que se dedican a la reventa de productos;

QUE es imprescindible apoyar este tipo de solicitudes que apuntan a la incrementación del trabajo, ya que este dignifica la condición humana y genera recursos en familias donde este tipo de Ferias es el único ingreso que poseen para subsistir;

 

POR ELLO

El Honorable Concejo Deliberante de Salto, en uso de las atribuciones que le son propias sanciona la siguiente:

 

O R D E N A N Z A

 

ARTICULO 1º –  MODIFICASE el Artículo 3º de la Ordenanza Nº 129/2012 y su modificatoria Nº 017/2014, que reglamenta la feria denominada “FERIA POPULAR Y CULTURAL DE SALTO”, el que quedará redactado de la siguiente manera:

 

“ARTICULO 3º –  La misma se desarrollará el segundo y cuarto domingo de cada mes, comenzando el 1º de enero y terminando el 31 de diciembre; el horario de la misma será de 10,00 hs. a 18,00 hs.-“

 

ARTICULO 2º – Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos; insértese copia en el Registro Oficial y Digesto; y cumplido, archívese.-

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Salto, a los veintitrés días del mes de Agosto del año dos mil diecisiete.-

ENTRADAS

 

Ingresado como Correspondencia en Sesión Ordinaria de fecha 24 de Mayo de 2017 y girado a las Comisiones de legislación, Interpretación y Acuerdos y Defensa de los Derechos Humanos.-

 

SALIDAS

 

El Proyecto de las Comisiones fue aprobado en general y en particular por la unanimidad del Honorable Cuerpo, en Sesión Ordinaria de fecha 23 de Agosto de 2017.

Se envió copia al Departamento Ejecutivo con fecha 28 de Agosto de 2017.-

 

 


Expediente 095-D-2017
Ordenanza 127/2017