. .VISTO

El Expediente 246-D-2000 reingresado por Mensaje Nº 056/10 del Departamento Ejecutivo; y

 

. . .CONSIDERANDO

QUE por el mismo se solicita la modificación de la Ordenanza Nº 070/2001, por la cual se aceptó la donación de un inmueble en la localidad de Arroyo Dulce, por parte de los Sres. Francisco nazareno Cilia y María Haydeé Berón;

QUE las tramitaciones se elevaron a la Escribanía General de Gobierno de la provincia de Buenos Aires, a fin de inscribir el mencionado inmueble a nombre de la Municipalidad de Salto;

QUE el Expediente fue devuelto al Departamento Ejecutivo Municipal, dado que la norma legislativa no declara de “Interés Social” la mencionada escrituración;

QUE es necesario modificar la Ordenanza para continuar con los trámites pertinentes;

 

. . .POR ELLO

El Honorable Concejo Deliberante de Salto, en uso de las atribuciones que le son propias sanciona la siguiente:

 

O R D E N A N Z A

 

ARTICULO 1º – MODIFICASE el Artículo 2º de la Ordenanza Nº 070/2001, el que quedará redactado de la siguiente manera:

 

“ARTICULO 2º – La escrituración del inmueble mencionado en el Artículo 1º se llevará a  cabo por ante la Escribanía general de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, declarándose la misma de “Interés Social””.-

 

ARTICULO 2º – Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos; insértese copia en el Registro Oficial y Digesto, cumplido, archívese.-

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Salto, a los veinticinco días del mes de Agosto del año dos mil diez.-

 

ENTRADAS

 

Reingresado en Sesión Ordinaria de fecha 11 de Agosto de 2010 y girado a la Comisión de Legislación, Interpretación y Acuerdos.-

 

SALIDAS

 

El Proyecto de la Comisión fue aprobado en general y en particular por la unanimidad del Honorable Cuerpo en Sesión Ordinaria de fecha 25 de Agosto de 2010.-

Se envió copia al Departamento Ejecutivo con fecha 31 de Agosto de 2010.-


Expediente 246-D-2010
Ordenanza 147/2010