. . .VISTO

Las actuaciones administrativas obrantes en el Expediente Nº 4099-37.097/2021 ALCANCE I o Nº 308-E-2021; y

 

. . .CONSIDERANDO

QUE mediante dichas actuaciones se tramitó el  llamado a la Licitación Pública Nº 13/2021 que tiene por objeto la contratación para la ejecución del Proyecto de Obra Pública Municipal denominado “Red de Distribución de Agua Potable para la Localidad de Arroyo Dulce, Partido de Salto”;

QUE a fojas 73 del presente Expediente, consta el Decreto Municipal Nº 1870/2021 por el cual se aprueban las actuaciones obrantes en el presente Expediente;

QUE llevada a cabo la mencionada Licitación Nº 13/2021 el pasado 15 de Diciembre del corriente año, se registra solo un oferente, la Firma  ZAPVIAL S.A., cuya oferta asciende a la suma de  PESOS SESENTA Y SIETE MILLONES TRESCIENTOS CINCUENTA MIL DOSCIENTOS ($ 67.350.200), precio final, I.V.A. incluido, mano de obra y materiales, obrando la propuesta a fojas 202 del presente Expediente;

QUE la Dirección de Servicios Sanitarios y Desagües Pluviales de la Municipalidad de Salto, a fojas 213, manifiesta que “la oferta ha sido analizada y se ajusta a lo solicitado”;

QUE  la Dirección de Asuntos Legales adjuntó a fojas 209, un Cuadro de Cumplimiento de Requisitos Legales, cumplimentando los mismos la empresa que presentó la única oferta para la obra en cuestión;

QUE habiéndose realizado el correspondiente análisis de cumplimiento de  requisitos legales y al determinarse la existencia de un solo oferente, en los términos del Artículo 155º de la L.O.M. debe ser el Honorable Concejo Deliberante quien acepte o desestime la misma, de acuerdo a si es o no conveniente a los intereses municipales;

 

. . .POR ELLO

El Honorable Concejo Deliberante de Salto, en uso de las atribuciones que le son propias sanciona la siguiente:

 

O R D E N A N Z A

 

ARTICULO 1º – AUTORIZASE al Departamento Ejecutivo a aceptar la única oferta presentada en la Licitación Pública Nº 13/2021, que tiene por objeto la contratación para la ejecución del Proyecto de Obra Pública Municipal denominado “Red de Distribución de Agua Potable para la Localidad de Arroyo Dulce, Partido de Salto”, en los términos del Artículo 155º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, por resultar conveniente a los intereses municipales.-

 

ARTICULO 2º – Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos; insértese copia en el registro Oficial y Digesto, cumplido, archívese.-

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Salto a los veintiocho días del mes de Diciembre del año dos mil veintiuno.-

 

 

 

 

 

 

ENTRADAS

Ingresado en Sesión Extraordinaria de fecha 28 de Diciembre de 2021. Fue solicitado y aprobado su tratamiento Sobre Tablas.-

 

SALIDAS

El Proyecto fue aprobado en general y en particular por la unanimidad del Honorable Cuerpo.-

Se envió copia al Departamento Ejecutivo con fecha 29 de Diciembre de 2022.-