…VISTO.

            Las facultades que el Articulo 77 de la ley 3739/58 y sus mod. ley 13101 otorga a este Cuerpo.

 

…CONSIDERANDO.

            Que ciudadanos de nuestro medio, como así también de localidades vecinas han sido objeto de extorsiones reiteradas;

            Que la gravedad de los hechos y la intranquilidad que de ellos se desprende afecta seriamente no solo intereses económicos, sino la inquietud de familias enteras y de la misma comunidad, expuestas a tales delitos;

            Que la lucha contra el delito, en particular el de estas características merece un accionar decidido y de fuerzas policiales y judiciales que operando armónicamente dan respuesta a los reclamos de la sociedad;

            Que la diligencia puesta en manifiesto por la Policía de la Provincia de Bs. As. y en particular por la de nuestra ciudad llevaron al esclarecimiento de los hechos y la detención de los posibles responsables;

            Que en esa tarea se han destacado, sin perjuicios de los demás hombres de la fuerza, el Inspector Rubén Oscar Benítez y  el Teniente Primero Eric Marcelo Bargas;

            Que obran en el expediente antecedentes de la correspondiente investigación y de una nota del Señor Fiscal de Cámara Adjunto del Departamento Judicial de Mercedes, destacando esta labor;

 

…POR ELLO:

            El Honorable Concejo Deliberante de Salto, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

 

RESOLUCIÓN

 

ARTICULO 1º: Reconocer al Inspector RUBEN OSCAR BENITEZ (Legajo Nro. 15.476) y al Teniente Primero ERIC MARCELO BARGAS (Legajo Nro. 20.448) y al resto del personal policial de nuestra ciudad afectado a esa labor, por la tarea desarrollada en el esclarecimiento de los delitos de extorsión que afectaron a ciudadanos de nuestro medio.

 

ARTICULO 2º: Elevar copia de la presente al Señor Ministro de Seguridad de la Provincia de Buenos Aires Dr. Carlos Leon Arslanian.

 

ARTICULO 3º: Hacer entrega de una copia de la presente a los funcionarios policiales citados en el articulo primero.

 

ARTICULO 4º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos; insértese copia en el registro Oficial y Digesto, cumplido, archívese.

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Salto, a los trece días del mes de Junio del año dos mil siete.

 

 

ENTRADAS

 

Ingresado en Sesión Ordinaria de fecha 23 de Mayo de 2007 y girado a la Comisión de Legislación, Interpretación y Acuerdos.

 

SALIDAS

 

El Proyecto de la Comisión fue aprobado en general y en particular por la unanimidad del Honorable Cuerpo, en Sesión Ordinaria de fecha 13 de Junio de 2007.-

Se envió copia al Departamento Ejecutivo con fecha 19 de Junio de 2007