…VISTO
La Ordenanza Nº 190/2007, sancionada con fecha 28 de Noviembre de 2007; y
…CONSIDERANDO
QUE, por la misma queda prohibida la utilización de bolsas de material no biodegradable para contener mercadería expedida en supermercados de cualquier clase, almacenes y cualquier otro tipo de comercio en Salto;
QUE, por la misma, en su artículo 3º se fija la fecha de entrada en vigencia de dicha ordenanza y las sanciones a que serán sometidas en el caso de incumplimiento;
QUE, por reclamos recibidos de vecinos sabemos del incumplimiento de muchos comercios de esta ordenanza;
QUE, sancionar una ordenanza sin que luego se arbitren los medios para hacerla cumplir no tiene objeto;
…POR ELLO
El Honorable Concejo Deliberante, en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:
R E S O L U C I Ó N
ARTÍCULO 1º: Requerir al Departamento Ejecutivo realice una importante campaña de concientización para QUE SE DEJEN DE UTILIZAR bolsas de material no biodegradable para contener mercaderías expedidas en supermercados de cualquier clase, almacenes y cualquier otro tipo de comercio en Salto;
ARTÍCULO 2º: Requerir al Departamento Ejecutivo la implementación en forma inmediata de la ORDENANZA 190/2007, sancionada el 28 de noviembre de ese mismo año.-
ARTICULO 2º – Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos; insértese copia en el Registro Oficial y Digesto, cumplido, archívese.-
Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Salto, a los catorce días del mes de Septiembre del año dos mil dieciséis.-
ENTRADAS
Ingresado como Correspondencia en Sesión Ordinaria de fecha 22 de Junio de 2016 y girado a la Comisión de Legislación, Interpretación y Acuerdos.-
SALIDAS
El Proyecto de la Comisión fue aprobado en general y en particular por la unanimidad del Honorable Cuerpo en Sesión Ordinaria de fecha 14 de Septiembre de 2016.-
Se envió copia al Departamento Ejecutivo con fecha 20 de Septiembre de 2016.-