VISTO
La Resolución tomada por el Registro Provincial de las Personas dependiente de Jefatura de Gabinete de Ministros de la Provincia de Buenos Aires en relación con los requisitos necesarios para realizar cambio de domicilio.-
Y CONSIDERANDO
Que en virtud del Decreto numero 1824/2006 y la Resolución numero 403/2006 del Ministerio de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, en su artículo segundo, inciso 2, el cual determina que a través de la Dirección del Registro de las Personas, expedirá constancias de domicilio bajo el régimen de declaración jurada;
Que por el articulo 4 numero 493/2006, se encomienda a la Dirección Provincial del Registro de las Personas a reglamentar lo necesario para la mejor prestación del servicio. En virtud de ello, se dicto la disposición numero 1085/2008, ordenando que, a los fines de realizar cambios de domicilio en los documentos nacional de identidad y/o emitir constancias de domicilio, se solicitará exhibición de instrumentos que permitan acreditar la veracidad del mismo. Que en pos de optimizar el servicio ofrecido por el Registro Provincial, corresponde agilizar el procedimiento de expedición de constancias continuando con la modalidad de declaración jurada, la mencionada operatoria que emana del decreto numero 1824/2006, la Resolución numero 493/2006 y la disposición numero 1085/2008 tienen vigencia hasta el 28 de enero de 2013;
Que con fecha 28 de Enero de 2013, disposición Nº 0425, la Directora Provincial del Registro de las Personas de la Provincia de Buenos Aires dispone: Articulo 1: dejar sin efecto la disposición numero 1085/2008 que exigía para expedición de declaraciones juradas de domicilio, la exhibición de documentación que acredite la veracidad del domicilio declarado dando conocimiento de los respectivos registros locales en base a la circular numero 1596/2013 del 30 de Enero de 2013, la disposición numero 425/2013 de la Dirección Provincial del Registro de las Personas de la Provincia de Buenos Aires, la cual deja sin efecto la disposición 1085/2008, que exigía para la expedición de declaraciones juradazas de domicilio, la exhibición de documentación que acredite la veracidad del domicilio declarado. En consiguiente, expresa que “no deberá solicitarse en lo sucesivo ninguna documentación que acredite el domicilio ni para la expedición de declaraciones juradas ni para la realización del tramite de cambio de domicilio”.
Que este cuerpo considera que los requisitos para obtener el cambio de domicilio en el que una persona declara vivir deben ser acreditados suficientemente y el órgano facultado a tal fin es el Registro de las Personas.-
POR ELLO…
El Honorable Concejo Deliberante de Salto en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:
R E S O L U C I O N
ARTICULO 1º – Solicitar al Registro Provincial de las Personas la derogación de la disposición numero 425/2013 por considerarla insuficiente para la acreditación veraz de cambio de domicilio.-
ARTICULO 2º – Solicitar al Registro Provincial de las Personas dicte resolución y/o disposición que restablezca como requisito para obtener el cambio de domicilio de una persona, la exhibición de documentación suficiente que acredite la veracidad del domicilio declarado.-
ARTICULO 3º – Girar la presente Resolución al Departamento Ejecutivo, a fin de su adhesión, si lo desea.-
ARTICULO 4º – Remitir la presente Resolución al Registro Provincial de las Personas.-
ARTICULO 5º – Remitir copia de la Resolución emanada de este Honorable Concejo Deliberante de Salto ante el Registro Provincial de las Personas, a todos los cuerpos deliberativos de la Provincia de Buenos Aires a fin de su toma de conocimiento y adhesión.-
ARTICULO 6º – Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos; insértese copia en el Registro Oficial y Digesto, cumplido, archívese.-
Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Salto, a los veintisiete días del mes de Agosto del año dos mil catorce.-
ENTRADAS
Ingresado como Correspondencia Fuera del Orden del Día en Sesión Ordinaria de fecha 27 de Agosto de 2014. Fue solicitado y aprobado su tratamiento Sobre Tablas.-
SALIDAS
El Proyecto fue aprobado en general y en particular por la unanimidad del Honorable Cuerpo.-
Se envió copia al Departamento Ejecutivo con fecha 1º de Septiembre de 2014.-