. . .VISTO

La Ordenanza Nº 116/2011 sobre Residuos Informáticos; y

 

. . .CONSIDERANDO

QUE es el Municipio quien se responsabiliza por el destino final de estos elementos;

 

. . .POR ELLO

El Honorable Concejo Deliberante de Salto, en uso de las atribuciones que le son propias sanciona la siguiente:

 

R E S O L U C I O N

 

ARTICULO 1º – SOLICITAR al Poder Ejecutivo y por su intermedio al área que corresponda, informe:

 

  1. Si se está dando cumplimiento a la citada Ordenanza
  2. Si la misma ha sido reglamentada
  3. Y en su caso, informe día de recolección
  4. Destino de los residuos.-

 

ARTICULO 2º – Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos; insértese copia en el Registro Oficial y Digesto, cumplido, archívese.-

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los veintidós días del mes de Agosto del año dos mil dieciocho.-

ENTRADAS

 

Ingresado como Correspondencia en Sesión Ordinaria de fecha 08 de Agosto de 2018 y girado a la Comisión de Legislación, Interpretación y Acuerdos.-

 

SALIDAS

 

El proyecto de la Comisión fue aprobado en general y en particular por la unanimidad del Honorable Cuerpo en Sesión Ordinaria de fecha 22 de Agosto de 2018.-

Se envió copia al Departamento Ejecutivo con fecha 28 de Agosto de 2018.-

 

 

 

 

 

 


Expediente 214-D-2018
Ordenanza 016/2018