. . .VISTO
La Ordenanza Nº 116/2011 sobre Residuos Informáticos; y
. . .CONSIDERANDO
QUE es el Municipio quien se responsabiliza por el destino final de estos elementos;
. . .POR ELLO
El Honorable Concejo Deliberante de Salto, en uso de las atribuciones que le son propias sanciona la siguiente:
R E S O L U C I O N
ARTICULO 1º – SOLICITAR al Poder Ejecutivo y por su intermedio al área que corresponda, informe:
- Si se está dando cumplimiento a la citada Ordenanza
- Si la misma ha sido reglamentada
- Y en su caso, informe día de recolección
- Destino de los residuos.-
ARTICULO 2º – Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos; insértese copia en el Registro Oficial y Digesto, cumplido, archívese.-
Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los veintidós días del mes de Agosto del año dos mil dieciocho.-
ENTRADAS
Ingresado como Correspondencia en Sesión Ordinaria de fecha 08 de Agosto de 2018 y girado a la Comisión de Legislación, Interpretación y Acuerdos.-
SALIDAS
El proyecto de la Comisión fue aprobado en general y en particular por la unanimidad del Honorable Cuerpo en Sesión Ordinaria de fecha 22 de Agosto de 2018.-
Se envió copia al Departamento Ejecutivo con fecha 28 de Agosto de 2018.-