…VISTO

Los decretos del Departamento Ejecutivo, 1502/15, 0563/18, 0564/18, 0747/18;

QUE, del análisis de los mismos surge;

QUE, la Sra. Ana Elizabeth Burgués D.N.I. Nº 14.457.435 fue nombrada en el mes de Diciembre del año 2015 como Secretaria de Hacienda de este municipio;

QUE, en el mes de abril del año 2018 renuncia a dicho cargo por “razones estrictamente particulares”;

QUE, el mismo día, 5 de Abril, por decreto Nº 564/18 es designada como “Jefe de Area” en la misma Secretaría de Hacienda, considerando que “se ha observado la necesidad de realizar acciones que contribuyan a reconocer al personal administrativo que asiste en el fortalecimiento del servicio a la comunidad que se brinda a través de distintas áreas”;

QUE, el día 14 de Mayo de 2018, por decreto 747/18 se la nombra en el artículo 1º en el cargo de Secretaria de Hacienda, considerando que “se ha observado la necesidad de realizar acciones que contribuyan a reconocer el personal administrativo que asiste en el fortalecimiento del servicio a la comunidad que se brinda a través de distintas áreas”;

QUE, en el mismo decreto, artículo 3º se reserva el cargo “Jefe de Área”, que al que había sido nombrada el día 05 de Abril de 2018 y que ejerció durante 39 días;

 

…Y CONSIDERANDO

QUE, la secuencia de decretos tiene como objetivo principal la adquisición de estabilidad de la funcionaria, que ejerció un cargo administrativo no político, solo durante 39 días;

QUE, para adquirir este derecho, es necesario revestir como personal temporario durante un año y luego en planta permanente durante otro año más, estaríamos en presencia de una clara maniobra administrativa con el objeto de violar la normativa vigente y generar una desigualdad con el resto de la planta política y administrativa del municipio;

QUE, por otro lado, la acción constituiría un intento de engaño al Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires, ya que accedería al beneficio jubilatorio en escaso tiempo, que también resulta una desigualdad con sus pares, que en planta política con esa antigüedad no les corresponde y en planta permanente necesitan los años de aporte y la edad correspondiente;

 

…POR ELLO

El Honorable Concejo Deliberante de Salto, en uso de las atribuciones que le son propias sanciona la siguiente:

 

R E S O L U C I O N

 

ARTÍCULO 1º – Solicitar al Departamento Ejecutivo la anulación de los correspondientes decretos.-

 

ARTICULO 2º –  Enviar copia de los mismos al Instituto de Previsión Social de la Provincia  de Buenos Aires acompañado por la presente resolución.-

 

ARTICULO 3º – Comuníquese al Departamento Ejecutivo, a sus efectos; insértese copia en el Registro Oficial, y Digesto; y cumplido, archívese.-

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Salto, a los doce días del mes de Diciembre del año dos mil dieciocho.-

ENTRADAS

 

Ingresado como Correspondencia en Sesión Ordinaria de fecha 28 de Noviembre de 2018 y girado a la Comisión de Legislación, Interpretación y Acuerdos.-

 

SALIDAS

 

El Proyecto de la Comisión fue aprobado en general y en particular por la unanimidad del Honorable Cuerpo en Sesión Extraordinaria de fecha 12 de Diciembre de 2018.-

Se envió copia al Departamento Ejecutivo con fecha 18 de Diciembre de 2018.-

 

 


Expediente 378-D-2018
Ordenanza 019/2018