. . .VISTO

Los aumentos generalizados en la energía eléctrica que están afectando al total de la población;

QUE dichos aumentos no están dentro de las competencias municipales y que con relación a esto los integrantes de este Cuerpo no tienen atribuciones para poder determinarlos ni modificarlos;

QUE por lo expresado anteriormente solo se puede intervenir solicitando se reduzca el porcentaje que está obligada a percibir la Cooperativa Ltda. De Consumo de Electricidad de Salto, correspondiente a las Leyes Provinciales Nº 7.290, Nº 9.038, Nº 11.769, Nº 11.969 Artículos 72 Bis y 72 Ter, que, si bien no son el grueso de la factura, ayudaría a paliar el duro momento económico que se atraviesa; y

. . .CONSIDERANDO

QUE resulta necesario que este Cuerpo intervenga para tratar que así se realice;

. . .POR ELLO

El Honorable Concejo Deliberante de Salto, en uso de las atribuciones que le son propias sanciona la siguiente:

 

R E S O L U C I O N

 

ARTICULO 1º – SOLICITAR a la Legislatura de la Provincia de Buenos Aires, que formule el acto administrativo correspondiente, para reducir un CINCUENTA POR CIENTO (50%) las alícuotas de la contribución de las Leyes Provinciales Nº 7.290, Nº 9.038, Nº 11.769, Nº 11.969 (Artículos 72 Bis y 72 Ter).-

 

ARTICULO 2º – Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos; insértese copia en el Registro Oficial y Digesto; cumplido, archívese.-

Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Salto, a los cuatro días del mes de Abril de 2018.-

ENTRADAS

 

Ingresado como correspondencia en Sesión Extraordinaria de fecha 04 de Abril de 2018. Fue solicitado su tratamiento Sobre Tablas.-

 

SALIDAS

 

El proyecto fue aprobado en general y en particular por la unanimidad del Honorable Cuerpo.-

Se envió copia al Departamento Ejecutivo con fecha 06 de Abril de 2018.-

 

 

 


Expediente 055-D-2018
Ordenanza 002/2018